CONTRATO DE DISTRIBUIDOR

Contrato Comercial Independiente BTC25

Contrato Comercial Independiente BTC25

Entre: el GREMIO CAMPESINO AGRICOLA Y EMPRESARIAL SAS NIT 901750992 dueña del token BTC25, en adelante denominada “LA ORGANIZACIÓN”,

y

El firmante de este contrato, en adelante denominado “EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE”,

se celebra el siguiente contrato de vinculación comercial:

Primera - Objeto del contrato

El presente contrato tiene como finalidad autorizar a EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE a promover, comercializar y distribuir el Token BTC25 dentro del marco del Programa de Alianzas Comerciales BTC25.

Segunda - Naturaleza de la relación

Este contrato no crea ninguna relación laboral, societaria ni de subordinación entre las partes. EL DISTRIBUIDOR actúa de forma independiente, bajo su propia cuenta y riesgo.

Tercera - Obligaciones del DISTRIBUIDOR

  • Promover BTC25 bajo las directrices de LA ORGANIZACIÓN.
  • No realizar promesas falsas ni compromisos no autorizados.
  • No manipular precios ni operar fuera de las condiciones establecidas.
  • Actuar con ética, transparencia y respeto por la marca BTC25.

Cuarta - Derechos del DISTRIBUIDOR

  • Acceder a comisiones por ventas directas realizadas.
  • Acceder a bonificaciones por desarrollo de estructura organizativa, si cumple con los parámetros establecidos.
  • Recibir materiales de apoyo y capacitación.

Quinta - Sistema de recompensas

EL DISTRIBUIDOR podrá recibir incentivos adicionales por su participación activa en el crecimiento del Programa de Alianzas Comerciales BTC25. Estos incentivos son escalonados según parámetros definidos, y no configuran un esquema de comercialización multinivel, sino un plan de bonificaciones por expansión territorial y desempeño individual.

Sexta - Confidencialidad y uso de marca

EL DISTRIBUIDOR se compromete a mantener confidencialidad sobre estrategias, documentos internos, planes de bonificación y demás información no pública. Asimismo, solo podrá usar el nombre del token BTC25 con fines autorizados por LA ORGANIZACIÓN.

Séptima - Duración y terminación

Este contrato tiene una duración indefinida, pero podrá ser terminado por cualquiera de las partes con previo aviso de 15 días, o de forma inmediata en caso de incumplimiento.

Octava - Legislación aplicable

Este contrato se rige por las leyes de la República de Colombia. En caso de controversia, ambas partes se comprometen a buscar soluciones amistosas antes de acudir a instancias judiciales.

Firmas:

GREMIO CAMPESINO AGRICOLA Y EMPRESARIAL SAS dueña del token BTC25
Nombre del representante: ____________________________
Firma: ____________________________
Fecha: ____________________________

DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE
Nombre: ____________________________
Cédula: ____________________________
Teléfono: ____________________________
Firma: ____________________________
Fecha: ____________________________

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